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POCAS NOVEDADES EN LA NORMATIVA PAC 2008

06 de Noviembre de 2007 | SECCIÓN NORMATIVA | DEPARTAMENTO DE PRENSA

El MAPA acaba de publicar en el BOE el Real Decreto 1470/07 que regula la aplicación de los pagos directos de la PAC 2008 en la agricultura y ganadería

Como todos los años, esta normativa será la base para la que establezca la Consejería de Agricultura, que es la que debe tenerse en cuenta en nuestra región, y que será publicada en próximas fechas.

Mientras llega esta normativa,  destacamos del texto los siguientes aspectos y novedades:

Solicitudes:
El plazo estará abierto entre el 1 de febrero y el 30 de abril de 2008, sin posibilidad de prórrogas.

Barbechos, retiradas:
No habrá que cumplir con el requisito de la retirada obligatoria. Por tanto, los derechos de retirada se podrán justificar con parcelas sembradas de cultivos COP (cereales, oleaginosas y proteaginosas).
Habrá retirada voluntaria pero con un máximo del 10% en todas las comarcas
No habrá que cumplir con el barbecho blanco comarcal en secano
Todas estas superficies liberadas, podrán solicitar pagos acoplados.

Trigo Duro:
Desparece la obligatoriedad de la rotación de cultivo para poder optar a la ayuda al TD.
Desaparece la restricción del regadío, por lo que se podrá solicitar la ayuda al TD en cualquier regadío.

Reserva Nacional de Derechos de Pago Único:
Estas solicitudes se presentarán en el mismo plazo que el establecido para la PAC, entre el 1 de febrero y el 30 de abril.

 
 
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