09 / 08 / 2017
Flexibilización de requisitos en ayudas de PAC y de desarrollo rural
La declaración excepcional llevará consigo flexibilizar requisitos impuestos por la normativa europea, que en esta campaña no podrán cumplirse por la situación de los cultivos, muy afectados por la sequía y helada. Esta flexibilización afectará a parte de las ayudas de la PAC y a medidas del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León, como agroambientales, agricultura ecológica y en el cumplimiento de los planes de mejora de explotaciones acogidos a ayudas a inversiones.
Esta Orden 541, es de aplicación inmediata, no siendo necesario esperar a convocatoria, como sí ocurre en las dos siguientes.
Ayuda al suministro de agua en las explotaciones ganaderas
El objetivo de estas ayudas es garantizar el suministro de agua a las explotaciones ganaderas en régimen extensivo de aprovechamiento de pastos, que consistirá en subvencionar el 50 % del gasto, con un máximo de 4.000 euros. La ayuda deberá invertirse en la construcción de estructuras para el abastecimiento de agua tales como balsas de almacenamiento o abrevaderos, adquisición de cisternas o abrevaderos móviles y la contratación del servicio de abastecimiento de agua.
Las Bases Reguladoras se recogen en la Orden 545, mientras que la orden de Convocatoria, de 4 de julio, se publicó en el Bocyl el 10 de julio.
El plazo de solicitud está abierto hasta el 21 de agosto, inclusive.
Ayuda a la bonificación de intereses (CON aval de SAECA)
Esta línea de ayuda contribuye a dotar de liquidez a las explotaciones agrarias al bonificar el 100 % de los intereses a agricultores profesionales, cotizantes a la Seguridad Social agraria y con rentas por actividades agrarias que supongan más del 50 % y que tengan suscrito un seguro agrario, y el 50 % a los que no tengan contratada una póliza. En ambos casos, además, deben comprometerse a contratar un seguro agrario los próximos tres años.
Los préstamos que pueden ser objeto de subvención son los avalados por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (Saeca) en los términos establecidos por el Ministerio de Agricultura en la Orden Ministerial de 29 de mayo.
Nota: más abajo se explica una nueva línea para la que no será necesario contar con el aval de SAECA.
Así, se habilitan préstamos de hasta 40.000 euros, con 5 años de amortización, de los cuales uno será de carencia. En este caso, el Estado se hará cargo del 100 % de las garantías y la Junta de Castilla y León del 100 % de los intereses, siempre y cuando el beneficiario sea agricultor profesional y tenga suscrito un seguro. Se abre, además, un plazo hasta el 15 de octubre para que se contrate cualquier tipo de seguro agrario y tener esta consideración a efectos de la cobertura de intereses y garantías. Si no lo tiene, las bonificaciones de intereses serán del 50 %, tanto por parte de la Administración autonómica como estatal.
Las Bases Reguladoras se fijan en la Orden 546.
El plazo de solicitud está abierto hasta el 20 de septiembre.
Ayuda a la bonificación de intereses (SIN aval de SAECA)
A principios de agosto, la Consejería decidió modificar la Orden anterior 546, para ampliar la cobertura a un mayor número de beneficiarios, admitiendo que puedan solicitarse ayudas a la bonificación de intereses, aun en el caso de NO contar con el aval de SAECA, o en el caso de la apicultura, sin haber contratado el seguro correspondiente.
Además, esta modificación también es válida para la nueva línea abierta por el Mapama, que se detalla más abajo, para préstamos de hasta 60.000 € a devolver en 5 años, con la posibilidad de 2 de carencia.
La modificación a la Orden 546, se publicó el 2 de agosto con la Orden 648.
El plazo de solicitud está, igualmente, abierto hasta el 20 de septiembre.
Real Decreto Ley de medidas urgentes por sequía
A fin de completar la información, es necesario destacar que el Consejo de Ministros aprobó ayer, a propuesta del MAPAMA, el Real Decreto por el que se declara la situación de sequía prolongada en la parte española de la demarcación hidrográfica del Duero y se adoptan medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos.
Con ello, la demarcación hidrográfica del Duero, entra de lleno en las medidas establecidas por el REAL DECRETO-LEY 10/2017 de MEDIDAS URGENTES para paliar los efectos producidos por la sequía en determinadas cuencas hidrográficas, aprobado el 9 de junio y convalidado esta semana por el Congreso de los Diputados, con tramitación adicional como Proyecto de Ley.
Este Real Decreto-ley incluye determinadas medidas económicas y fiscales, entre ellas la exención de cánones y en la cuota de la tarifa de utilización de agua, que suponen unos 8 millones de euros de ahorro para los regantes afectados en la cuenca del Duero, así como la moratoria de un año sin interés en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social correspondiente a los meses de julio de 2017 a febrero de 2018 (ambos inclusive), así como la posibilidad de actualización de los contratos de cesión de derechos de agua entre concesionarios, con carácter excepcional y temporalmente limitado, dentro del ámbito de la propia cuenca.
Medidas para mejorar la financiación de las explotaciones agrícolas
El 29 de mayo se aprobó la ayuda para cubrir el coste de los avales necesarios para solicitar los préstamos que pueden ser de dos modalidades:
línea | Potenciales beneficiarios | Importe máximo del crédito* | Plazos máximos de amortización* | Objetivo | |
Línea general | Todas las explotaciones agrarias, incluidas las apícolas | 40.000 € | 5 años con la posibilidad de 1 de carencia. | Créditos para liquidez. | |
Línea de reestructuración de crédito para sectores con dificultades | La explotaciones: – lácteas – hortofrutícolas – porcinas – cunícolas | 80.000 € | 10 años con la posibilidad de 1 de carencia. (la subvención sólo afectaría a los 5 primeros años) | Créditos dedicados mayoritariamente a amortizar total o parcialmente otros créditos en vigor |
La Orden que convoca estas ayudas es la de 29 de mayo cuyas bases se encuentran en la Orden AAA/778/2016.
Se pueden solicitar hasta 20 de septiembre.
Línea adicional de financiación
A la línea anterior, dotada con 90 M€, se ha añadido una nueva línea a principios de agosto al que se van a dedicar 110 M€ adicionales.
Pueden acogerse a esta ayuda los productores de cereales, oleaginosas, leguminosas, lúpulo, patata, uva, ganadería extensiva y apicultura.
La modalidad del préstamo es de hasta 60.000, con 5 años de amortización, de los cuales dos serán de carencia.
La Orden de Bases y convocatoria es la APM 728.
Se pueden solicitar hasta 20 de septiembre.
Otras medidas
El Mapama, junto a otros ministerios o administraciones, como la UE, está promoviendo otras medidas: