Reunión del Comité del Cooperativismo Agrario para abordar la modificación del Decreto que regula las EE. AA.PP

02 / 12 / 2021

El pasado día 30 de noviembre se celebró en la Consejería de AGYDR un Comité del Cooperativismo Agrario para informar sobre la modificación del Decreto 34/2016 de 22 de septiembre sobre Entidades Asociativas Agroalimentarias Prioritarias y sus socios prioritarios en Castilla y León. Este Comité del cooperativismo es un órgano consultivo y colegiado en el ámbito agrario y agroalimentario, que actúa como instrumento de asesoramiento en materias relacionadas con las Cooperativas Agrarias de Castilla y León. En la modificación de este Decreto se abordaron varias de las sugerencias realizadas por Urcacyl a la Consejería, con respecto a la ampliación del número de cooperativas que pudieran ser calificadas como Entidades Asociativas Prioritarias.

Como ya se conoce para optar a esta calificación, las cooperativas deben tener su domicilio social y fiscal en Castilla y León, disponer de Gerente y personal técnico universitario, comprometerse su Consejo Rector de recibir formación, disponer de fondos propios superiores al 40% del activo no corriente y activos productivos en CyL superiores a 3M€. Además, su facturación anual debe superar los 20 M € y tener más de 500 socios (salvo en el caso de entidades que acrediten que el 80% de su producción se acoge a figuras de calidad legalmente establecidas, cuyo importe neto de cifra de negocios o ventas será de cinco millones de euros y el número de socios será de ciento veinticinco)

Desde Urcacyl se había solicitado, como señaló en su intervención nuestro presidente, Fernando Antúnez, que se ampliara este reconocimiento y que la calificación pudiera concederse a nuevas cooperativas, o mantenerse, aunque se incumpliera uno de los requisitos señalados anteriormente.

 

Nuevos beneficiarios:

En este Decreto sí se ampliarán las posibilidades de obtener el reconocimiento en dos supuestos:

  • Aquellas cooperativas configuradas como Primeros comparadores de leche, que cumplan todos los requisitos, podrán obtener el reconocimiento de forma directa aun teniendo un mínimo de 125 socios.
  • En el supuesto de Acuerdos intercooperativos, de duración no superior a cinco años, podrán obtener el reconocimiento de forma indirecta, aquellas cooperativas que a través del mismo incluyan al menos el 50% de las ventas totales de la cooperativa vendedora o al menos el 50% de los abastecimientos totales de la cooperativa compradora, excluyendo en ambos casos los importes de las operaciones con los socios. (es decir teniendo en cuenta solo las operaciones con terceros).

 

Concreción de obligaciones:

  • Necesidad de disponer de un Plan Estratégico y modelo de negocio en el plazo de 24 meses desde el reconocimiento o desde la entrada en vigor de la modificación del Decreto.
  • La participación anual a través de personal directivo, técnico o de componentes del Consejo Rector en un programa de mejora profesional en innovación y en el de alguna de las siguientes materias: gestión de cooperativas, comercialización, internacionalización y bioeconomía.
  • Las Cooperativas que tengan el reconocimiento por la suscripción de un acuerdo intercooperativo con una EAPr reconocida;  las que accedan a la calificación por estar inscritas en el registro nacional de entidades asociativas prioritarias con domicilio social y fiscal en la Comunidad de Castilla y León y las que lo hagan por ser  OPs legalmente reconocidas con domicilio social y fiscal en la Comunidad de Castilla y León, y cumpliendo los requisitos  establecidos deberán acreditar el compromiso del Consejo Rector de recibir formación específica dirigida a adquirir conocimientos y habilidades para garantizar una mejor capacitación para la toma de decisiones, en un plazo de cinco años desde el reconocimiento.

 

Mantenimiento del reconocimiento

Para mantener el reconocimiento, las EAPr de Castilla y León deberán presentar anualmente al cierre de cada ejercicio, la siguiente documentación dirigida al órgano directivo central competente en materia de asociacionismo agrario:

  • Relación de socios que formen parte de la EAPr.
  • Relación de entidades con las que ha suscrito acuerdos, incluyendo los productores de éstas.
  • Memoria económica y social anual e informe auditor correspondiente en caso de que dispongan del mismo.
  • Plan estratégico y modelo de negocio.
  • Relación de personas que han recibido los programas de mejora profesional en innovación y en gestión de cooperativas, comercialización, internacionalización o bioeconomia.es con certificados de participación.
  • Relación de personas que han recibido la formación específica del Consejo Rector.

 

Entrada en vigor:

Una vez que Urcacyl ha sido informada, esta modificación de Decreto tiene que pasar por Asesoría Jurídica, por el Consejo Económico y Social y por el Consejo Consultivo, para ser aprobada posteriormente en Consejo de Gobierno.

Aunque no creemos que sufra ningún cambio, probablemente no se podrá publicar hasta finales de enero o principios de febrero.